domingo, 4 de octubre de 2020

Identificación de extranjeros en la notaría. Apuntes prácticos

 

Identificación de comparecientes nacionales

La identificación de los comparecientes es una obligación recogida en el artículo 23 de la Ley del Notariado, debiendo dar fe el notario de conocer a las partes o de haberlos identificado en la forma prevista por las leyes. Para ciudadanos nacionales la forma de identificación común es la exhibición del DNI, siendo necesaria además la constancia del número de dicho documento en la escritura. 

La utilización de documentos como el permiso de conducir es muy dudosa dado que no tiene “por objeto identificar a las personas”, en cualquier caso existen sentencias favorables a la utilización del mismo como medio identificador al cumplir el triple requisito de ser documento oficial, plasmar la firma y la foto del titular. Existen pronunciamientos incluso que lo admiten para identificar a extranjeros.

En cualquier caso el notario deberá asegurarse por la fotografía, nombre y firma que corresponde al presentante del documento.





¿Cómo debe identificarse un extranjero?

- Si es un extranjero comunitario residente en España el medio de identificación será la tarjeta de identidad de su país comunitario o el pasaporte.


- Si es un extranjero comunitario no residente deberá identificarse por iguales documentos (la tarjeta de identidad de su país o el pasaporte).


- Si es un extranjero extracomunitario residente en España podrá identificarse con su pasaporte o con su tarjeta de identidad de extranjero (TIE). El TIE acredita además la residencia o estancia legal en España del extranjero.


- Si es un extranjero extracomunitario no residente en España deberá identificarse con su pasaporte.



¿Es forma válida de identificación el certificado de inscripción en el Registro de ciudadanos de la Unión Europea?

La inscripción en dicho registro es obligatoria si van a residir en España durante más de tres meses y se materializa en un papel A4 de color verde que emite la comisaría de policía competente. En él figurará el NIE (necesario para realizar operaciones de trascendencia económica) pero no fotografía o firma, por lo que no es un documento que por sí mismo identifique al extranjero. 


¿Qué ocurre con el NIE?

El NIE o Número de  Identificación del Extranjero es un requisito que se exigirá en la notaría para la realización de determinadas actuaciones.

El NIE se compone de una letra al inicio seguida de 7 números y una letra al final. Su asignación corresponde a la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil así como a oficinas de extranjería y comisarías habilitadas.

Su expedición requiere cumplimentar un impreso-solicitud, original y copia del pasaporte o documento de identidad y comunicación de las causas que justifican su solicitud. Un oficio del notario justificando dichas causas y la urgencia que precisa su obtención puede ayudar a agilizar el trámite. En caso de que lo solicite un representante el poder deberá autorizar de modo expreso a la obtención de dicho NIE.

La aportación en la notaría del NIE (Número de  Identificación del Extranjero) será necesaria, particularmente si se pretende la inscripción de los bienes objeto del documento en el Registro de la Propiedad, por imposición del artículo 254 LH que obliga a la consignación del DNI o NIE. Dicha obligación se impone en cualquier caso si la operación tiene trascendencia tributaria.

Los extranjeros también podrán solicitar a la Agencia Tributaria la expedición de un NIF, integrado por una M inicial, siete caracteres alfanuméricos y una letra de verificación final. Esta asignación puede proceder incluso de oficio por la Agencia Tributaria en determinados casos. En el caso de que una persona disponga de NIE y NIF prevalecerá el primero.

Tanto el NIE como el NIF deben acreditarse al notario, no bastante su mera manifestación por el interesado. Es importante además aclarar que no debe confundirse el NIE con el TIE (Tarjeta de Identificación del Extranjero), si bien la expedición de esta última necesariamente conlleva la asignación de NIE.



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