domingo, 8 de junio de 2014

Unas notas sobre el dumping comercial y la OMC

¿Qué es el dumping comercial? 

El dumping se define como la práctica en donde una empresa exporta bienes a un precio inferior a los costes de producción de ese producto, con el objetivo de eliminar la competencia. Es por lo tanto una práctica agresiva de discriminación de precios, en el que la empresa exportadora acepta tener pérdidas a corto plazo (la diferencia entre el coste de producción y el de venta, llamado margen de dumping) a cambio de hacerse con una buena parte del mercado en otro país.

El dumping provoca que las empresas que operan en el mismo mercado no puedan competir con el precio y calidad de los bienes en cuestión, y acaben en quiebra. Una vez que se ha hecho hueco en el mercado, la empresa que practicó el dumping asumiendo pérdidas, aumenta el precio sin que esto afecte significativamente a su volumen de ventas pues se ha situado en una posición monopolística en el mercado.





Éste dumping “predatorio” resulta claramente negativo desde un punto de vista económico, ya que supone una competencia desleal que provoca “fallos en el mercado” al quedar la producción y precio del producto condicionado a la voluntad de un único productor.

Muchas veces son los propios Estados los que, involuntariamente, generan este tipo de situaciones al subvencionar en exceso la producción de determinados productos, así agrícolas, de manera que al empresario le resulta incluso rentable su exportación por debajo del precio de producción.

La postura de la OMC

La Organización Mundial del Comercio ha tratado de poner coto a estas prácticas, actualmente el dumping se regula en el artículo  VI del GATT de 1994, desarrollado por el acuerdo relativo a la aplicación del Art. VI del GATT de 1994 (este acuerdo es exigible, a diferencia de lo que ocurría con los anteriores Códigos antidumping, a la totalidad  de los Estados Miembros)

La OMC no lo condena de forma absoluta sino solo cuando tiene por efecto causar o amenazar con causar un daño importante a una rama de producción nacional de un miembro de la misma, o si retrasa sensiblemente la creación de esta rama de producción. Existen en el acuerdo de las OMC reglas especificas para la determinación del daño entre las que figura la posibilidad de analizar globalmente el impacto en el mercado importador de las exportaciones objeto de dumping procedentes de diversos países, facilitando así la determinación del dumping condenable.





Para neutralizar los efectos negativos del dumping, el miembro de la OMC que se considera afectado puede establecer dos tipos de medidas de defensa comercial: los derechos antidumping y los compromisos relativos a precios. Los derechos antidumping consisten en una sobrecarga arancelaria establecida a las empresas que practican dumping. Tales derechos pueden ser provisionales (establecidos tras un examen preliminar y aplicables en un plazo que no podrá exceder de cuatro meses) o definitivos (con un limite de cinco años, que puede ser prorrogado). Los compromisos relativos a los precios suscritos con los exportadores consisten en una elevación de los precios de exportación efectuada sobre la base del margen de dumping detectados por las autoridades del país importador.

El particular no podrá nunca instar ante la OMC ningún tipo de medida o denunciar situaciones de este tipo, quedando abierta la vía únicamente a los Estados miembros.

En la practica la imposición de medidas de defensa comercial se basa en una investigación que reviste una especial dificultad debido a la complejidad de las determinaciones económicas, matemáticas, que deben realizarse, tanto en lo que atañe a la identificación del dumping como del perjuicio, así como a la influencia de consideraciones políticas encubiertas en la aplicación de unas normas plagadas de conceptos jurídicos indeterminados.[1]





[1] AAVV. Derecho Internacional Económico. Hinojosa Martínez, Luis M. y Roldán Barbero, Javier (Coordinadores). Marcial Pons, 2010. Página109.

0 comentarios:

Publicar un comentario

Twitter Delicious Facebook Digg Stumbleupon Favorites More

 
Design by Free WordPress Themes | Bloggerized by Lasantha - Distributed by: drakon best blogger template free blogger templates and backgrounds | cheap reliable vpn cheap ssl vpn appliance